Títulos náuticos

Para obtener o renovar títulos náuticos precisa:

  1. DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del interesado.
  2. Carnet de titulación a renovar (aunque esté caducado), si lo posee.
  3. Fotografía tipo carnet.

Pruebas a realizar:

El reconocimiento médico psicotécnico consiste en:

  1. Identificación y toma de datos. Firma de LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos), fotografía digital y firma electrónica.
  2. Elaboración de historia clínica. Anamnesis y firma del historial.
  3. Exploración oftalmológica. Detección de enfermedades del ojo y medición de parámetros oftalmológicos consistente básicamente en la agudeza visual, fondo de ojo, corte óptico, visión mesópica, deslumbramiento, colores, estereoscopia y campo visual. Otras exploraciones y pruebas complementarias si fuese necesario.
  4. Exploración general. Detección de enfermedades generales y medición de parámetros consistentes básicamente en la audición, tensión arterial, frecuencia y ritmo cardíaco, motilidad, fuerza muscular, reflejos, talla, peso. Otras exploraciones informes o pruebas complementarias si fuese necesario.
  5. Exploración psicológica. Detección de trastornos y medición de parámetros a través de un polireactígrafo consistente en la estimación del movimiento, coordinación vasomotora. También se explora inteligencia práctica, discriminación y toma de decisiones, concentración y resistencia monotonía. Otras exploraciones informes o pruebas complementarias si fuese necesario.
  6. Expedición del informe de aptitud.Tiempo aproximado del reconocimiento médico: 20 minutos.

 

Titulaciones Náuticas

  • Licencia de Navegación (Antiguo titulín): ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia máxima de motor de 40 KW, en navegaciones con luz diurna en áreas delimitadas por la Capitanía.
  • Patrón de Navegación BasicaATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 7,5 metros de eslora y una potencia de motor adecuada a la misma, en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas, en cualquier dirección, de un abrigo.
  • Patrón de Embarcaciones de Recreo: ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 12 metros de eslora y potencia de motor adecuada, para la navegación en una zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y Canario.
  • Patrón de Yate: ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 20 metros de eslora y una potencia de motor adecuada, para la navegación en una zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además podrán gobernar motos náuticas.
  • Capitán de Yate: ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor para la navegación sin límite alguno, cualesquiera que sean la potencia del motor y las características de la embarcación. Además podrán gobernar motos náuticas.
  • Navegación a Vela: ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo a vela con las mismas atribuciones que corresponda a cada título, su obtención se realizará una sola vez siendo válido para todos los títulos.